ebook Baterías de Litio 2024

Reglamentación Internacional sobre el Transporte 36 a) cada batería instalada o de repuesto no debe exceder: • para las baterías de metal litio o de aleación de litio, el contenido de metal de litio no debe exceder 2 g; o • para las baterías de iones de litio la capacidad nominal en vatios hora no debe exceder 100 Wh; b) las baterías y pilas deberán ser de un tipo que satisface las prescripciones de prueba con arreglo al Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, Parte III, subsección 38.3; c) el límite máximo por persona es de 15 PED (dispositivos electrónicos portátiles) que contengan baterías de litio; sin embargo, el operador puede aprobar el transporte de más de 15 PED; d) se permite transportar en el equipaje de mano los artículos que contienen baterías o pilas de metal litio o iones de litio cuyo uso principal es alimentar otro dispositivo, p. ej. las baterías externas («power banks»). Estos artículos deben ir protegidos individualmente para evitar cortocircuitos colocándolas en su embalaje original de venta al detalle o aislando de otro modo los bornes, p. ej., cubriendo con cinta adhesiva los bornes expuestos o colocando cada batería en una bolsa plástica o funda protectora; e) los encendedores electrónicos accionados por batería de litio solo están permitidos en el equipaje de mano y deben cumplir las siguientes condiciones: i. solo los encendedores con tapa de seguridad u otro medio de protección contra la activación involuntaria cuando es transportado en la persona; ii. no se permite la recarga de estos dispositivos y/o baterías a bordo de la aeronave, y deben tomarse medidas para evitar su activación accidental. f) equipaje dotado de baterías de litio instaladas con un contenido que excede 0,3 g de metal litio o capacidad nominal en vatios hora que exceda 2,7 Wh: i. Las baterías deberán ser extraídas si el equipaje ha de ser facturado y las baterías extraídas deberán transportarse en la cabina; o ii. el equipaje deberá llevarse en la cabina. iii. Está prohibido el transporte de equipaje del que no se pueda extraer la batería de litio. Mercancías aceptables Con Aprobación de la Compañía Operadora permitido solo como equipaje de mano Se permite transportar en el equipaje de mano los artículos que contienen baterías o pilas de metal litio o iones de litio cuyo uso principal es alimentar otro dispositivo, p. ej. las baterías externas («power banks»), de acuerdo con las siguientes disposiciones: i. un máximo de 2 baterías de iones de litio con una capacidad nominal superior 100 Wh pero sin exceder los160 Wh o 2 baterías de metal litio, cuyo contenido de metal de litio es superior a 2 g sin exceder 8 g. ii. Están permitidas las baterías de metal litio solo para los dispositivos médicos electrónicos portátiles (PMED), como los desfibriladores externos automáticos (DEA/AED), los concentradores de oxígeno portátiles (POC) y la presión positiva continua en las vías respiratorias (CPAP); iii. Las baterías de repuesto deben ir protegidas individualmente para evitar cortocircuitos (colocándolas en su embalaje original de venta al detalle o aislando de otro modo los bornes, p. ej., cubriendo con cinta adhesiva los bornes expuestos o colocando cada batería en una bolsa plástica o funda protectora); iv. las baterías deben ser de un tipo que satisface las prescripciones de prueba con arreglo al Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, Parte III, subsección 38.3; v. Se permite transportar un máximo de dos baterías de repuesto protegidas individualmente por persona.

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